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Legislación › Orden PRE/2740/2007, de 19 de septiembre, por la que se aprueba el Reglamento de Evaluación y Certificación de la Seguridad de las Tecnologías de la Información.

Artículo 94. Informe del equipo auditor.

Artículo 94. Informe del equipo auditor.

El equipo auditor, en un plazo no superior a diez días contados desde la fecha de la reunión final de la auditoría, elaborará un informe con los resultados y con la información recopilada durante el desarrollo de la misma. Este informe será remitido al laboratorio solicitante para su conocimiento.

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