Legislación › Ley Orgánica 10/2007, de 8 de octubre, reguladora de la base de datos policial sobre identificadores obtenidos a partir del ADN.
Disposición Transitoria Única. Laboratorios no acreditados.
Disposición Transitoria Única. Laboratorios no acreditados.
Los laboratorios de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que a la entrada en vigor de esta Ley no estuviesen debidamente acreditados en la forma prevista en el artículo 5, dispondrán del plazo de un año para hacerlo, a contar desde dicha fecha.
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