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Legislación › Ley 23/2007, de 8 de octubre, de creación de la Comisión Nacional del Sector Postal.

Artículo 6. Objeto.

Artículo 6. Objeto.

1. La Comisión velará por la correcta prestación del Servicio Postal Universal, por la garantía de la libre competencia en el sector en condiciones adecuadas de calidad, eficacia, eficiencia y por el pleno respeto de los derechos de los usuarios y de los operadores postales y sus trabajadores.

Con tal fin, la Comisión preservará y promoverá el mayor grado de competencia efectiva y transparencia en el funcionamiento del sector postal, sin perjuicio de las funciones atribuidas a la Comisión Nacional de la Competencia.

Se modifica por la disposición final 36.6 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo. BOE-A-2011-4117.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
6 de marzo de 2011 En vigor BOE-A-2011-4117 Leer Qué cambió
10 de octubre de 2007 Texto original Leer

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