Legislación › Ley Orgánica 12/2007, de 22 de octubre, del régimen disciplinario de la Guardia Civil.
Artículo 17. Reprensión.
Artículo 17. Reprensión.
1. La reprensión es la reprobación expresa que, por escrito, dirige al subordinado la autoridad competente para imponerla.
2. No constituye sanción disciplinaria la advertencia o amonestación verbal que, para el mejor cumplimiento de las obligaciones y servicios, pueda hacer el superior al subordinado en el ejercicio del mando.


