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Legislación › Ley 27/2007, de 23 de octubre, por la que se reconocen las lenguas de signos españolas y se regulan los medios de apoyo a la comunicación oral de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas.

Disposición adicional quinta. Profesionales de las lenguas de signos.

Disposición adicional quinta. Profesionales de las lenguas de signos.

Después de la entrada en vigor de la presente Ley el Gobierno elaborará un estudio sobre los profesionales de las lenguas de signos y las titulaciones necesarias para su desempeño.

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