Legislación › Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.
Disposición transitoria cuarta. Títulos universitarios vinculados con actividades profesionales reguladas.
Disposición transitoria cuarta. Títulos universitarios vinculados con actividades profesionales reguladas.
A efectos de lo dispuesto en los artículos 12.9 y 15.4 del presente real decreto, serán de aplicación las actuales directrices generales propias de los títulos correspondientes, en lo que se refiere a su denominación, materias y contenido de las mismas, en tanto no se produzca la aprobación por el Gobierno de las condiciones que las sustituyan.
← Disposición transitoria tercera Índice Disposición transitoria quinta →


