Legislación › Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
Artículo 220. Causas de resolución.
Artículo 220. Causas de resolución.
Son causas de resolución del contrato de obras, además de las señaladas en el artículo 206, las siguientes:
a) La demora en la comprobación del replanteo, conforme al artículo 212.
b) La suspensión de la iniciación de las obras por plazo superior a seis meses por parte de la Administración.
c) El desistimiento o la suspensión de las obras por un plazo superior a ocho meses acordada por la Administración.
Se modifica por la disposición final 16.19 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo. BOE-A-2011-4117.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 6 de marzo de 2011 En vigor | BOE-A-2011-4117 | Leer | Qué cambió |
| 30 de abril de 2008 | Texto original | Leer |


