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Legislación › Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears.

Artículo 112. Medidas ante infracciones del ordenamiento jurídico.

Artículo 112. Medidas ante infracciones del ordenamiento jurídico.

Cuando el Gobierno de las Illes Balears, el consejo o la Delegación del Gobierno consideren, en el ámbito de sus competencias, que un acto o acuerdo de alguna entidad local infringe el ordenamiento jurídico, pueden adoptar alguna de las medidas siguientes:

a) Requerir a la entidad local para que anule el acto o acuerdo o aquellos puntos que constituyan una infracción del ordenamiento jurídico.

b) Impugnar directamente ante la jurisdicción contencioso-administrativa el acto o acuerdo, una vez recibida la comunicación de dicho acto.

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