Legislación › Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears.
Artículo 197. Participación en el Consejo Balear de la Función Pública.
Artículo 197. Participación en el Consejo Balear de la Función Pública.
En la sección dedicada a la función pública local del Consejo Balear de la Función Pública estarán representadas las entidades locales y los representantes del personal al servicio de las entidades locales, en la forma que se determine reglamentariamente.


