Legislación › Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears.
Artículo 49. Patrimonio.
Artículo 49. Patrimonio.
Los consorcios locales pueden tener bienes de dominio público o patrimoniales propios o adscritos por los miembros que integran el consorcio.


