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Legislación › Ley 23/2006, de 20 de diciembre, de capitalidad de Palma de Mallorca.

Artículo 74.

Artículo 74.

La autorización de instalación y apertura de actividades y establecimientos de todo tipo requiere, en todo caso, la autorización del Ayuntamiento de Palma de Mallorca. Dicho ayuntamiento asume también el trámite de calificación y el informe de actividad.

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