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Legislación › Ley 23/2006, de 20 de diciembre, de capitalidad de Palma de Mallorca.

Artículo 79.

Artículo 79.

La ordenación del subsuelo se realizará mediante planes especiales y específicos que fijarán, en todo caso, el aprovechamiento urbanístico del que es susceptible, atendiendo a las determinaciones que haya establecido el Plan general.

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