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Legislación › Ley 23/2006, de 20 de diciembre, de capitalidad de Palma de Mallorca.

Artículo 88.

Artículo 88.

Las funciones del consorcio son las siguientes:

a) La planificación de las infraestructuras del transporte público de viajeros en su ámbito territorial.

b) La planificación de los servicios y el estable­cimiento de los programas de explotación.

c) La elaboración de un marco de tarifas comunes.

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