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Legislación › Ley 11/2007, de 11 de octubre, de la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales.

Artículo 10. Duración del mandato del presidente o presidenta del Consejo de Gobierno.

Artículo 10. Duración del mandato del presidente o presidenta del Consejo de Gobierno.

1. El mandato del presidente o presidenta del Consejo de Gobierno tiene una duración de seis años y en ningún caso puede ser renovado.

2. El Presidente o Presidenta del Consejo de Gobierno puede ser separado del cargo por el Pleno del Parlamento, por una mayoría de dos tercios y a iniciativa del Consejo de Gobierno acordada por dos tercios de sus miembros, con la consideración previa de la comisión de control parlamentario de la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales.

Se modifica el apartado 2 por el art. 8 de la Ley 7/2019, de 14 de noviembre. BOE-A-2019-17098

Se modifica el apartado 2 por el art. 13 de la Ley 2/2012, de 22 de febrero. BOE-A-2012-3413.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
19 de noviembre de 2019 En vigor BOE-A-2019-17098 Leer Qué cambió
28 de febrero de 2012 BOE-A-2012-3413 Leer Qué cambió
19 de octubre de 2007 Texto original Leer

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