Legislación › Real Decreto 1345/2007, de 11 de octubre, por el que se regula el procedimiento de autorización, registro y condiciones de dispensación de los medicamentos de uso humano fabricados industrialmente.
Artículo 87. Funciones de seguimiento del Nodo SNSFarma.
Artículo 87. Funciones de seguimiento del Nodo SNSFarma.
En aplicación de lo previsto en el artículo 106 del texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, el Nodo SNSFarma se utilizará también como sistema de seguimiento de las adquisiciones a través de servicios de farmacia en el Sistema Nacional de Salud, de forma complementaria a las bases de datos existentes, para facilitar la gestión de las condiciones especiales de financiación.
Se añade por el art. único.11 del Real Decreto 717/2019, de 5 de diciembre. BOE-A-2019-17611


