Legislación › Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial.
Artículo 18. Proyectos educativos de los centros.
Artículo 18. Proyectos educativos de los centros.
1. El proyecto educativo del centro recogerá los valores, objetivos y sus prioridades de actuación, e incorporará la concreción de los currículos, entre otros aspectos.
2. Los centros desarrollarán los currículos establecidos por la Administración educativa correspondiente buscando adaptar la programación y la metodología del currículo a las características del alumnado y a las posibilidades formativas de su entorno, utilizando, en su caso, las medidas flexibilizadoras que haya autorizado la Administración educativa competente.


