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Legislación › Orden SCO/3233/2007, de 29 de octubre, por la que se crea el registro electrónico del Instituto de Salud Carlos III para la presentación de escritos, solicitudes y comunicaciones y se establecen los requisitos generales para la tramitación electrónica de determinados procedimientos.

Artículo 4. Acceso al Registro electrónico y modelos normalizados de solicitudes.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 9 de noviembre de 2007 y la del 19 de marzo de 2011. Tachado: lo que se quitó (1 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 4. Acceso al Registro electrónico y modelos normalizados de solicitudes.
1. El acceso de los interesados al Registro electrónico del Instituto de Salud Carlos III se realizará a través de la dirección electrónica http://www.isciii.es/registro. https://sede.isciii.gob.es.
2. En dicha dirección se encontrará una relación actualizada de las solicitudes, escritos y comunicaciones, referidos a los procedimientos y trámites a los que se hace referencia en el anexo I de esta orden y de los correspondientes modelos normalizados de solicitud, así como una relación de los soportes, medios y aplicaciones informáticos, electrónicos y telemáticos compatibles, a través de los cuales se podrá efectuar la recepción y salida de solicitudes, escritos y comunicaciones entre el Instituto de Salud Carlos III y cualquier persona física o jurídica.
3. El Registro emitirá automáticamente, por medios electrónicos, un resguardo acreditativo de la presentación del escrito, solicitud o comunicación de que se trate, en el que constarán los datos proporcionados por el interesado, con indicación de la fecha y hora en que se produjo la presentación en el servidor del Organismo y una clave de identificación de la transmisión.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
19 de marzo de 2011 En vigor BOE-A-2011-4949 Leer Qué cambió
9 de noviembre de 2007 Texto original Leer

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