Legislación › Orden SCO/3233/2007, de 29 de octubre, por la que se crea el registro electrónico del Instituto de Salud Carlos III para la presentación de escritos, solicitudes y comunicaciones y se establecen los requisitos generales para la tramitación electrónica de determinados procedimientos.
Artículo 9. Sistemas de firma electrónica admitida por el Registro electrónico.
Artículo 9. Sistemas de firma electrónica admitida por el Registro electrónico.
1. El Instituto de Salud Carlos III sólo admitirá la presentación de escritos, solicitudes y comunicaciones ante el registro electrónico que estén firmados mediante una firma electrónica reconocida, según lo dispuesto en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica.
2. En la dirección electrónica de acceso al Registro estará disponible la información sobre la relación de prestadores de servicios de certificación y tipos de certificados electrónicos que amparen las firmas electrónicas con las que es admisible la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones.


