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Legislación › Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Artículo 79. Publicidad y transparencia de la actuación administrativa.

Artículo 79. Publicidad y transparencia de la actuación administrativa.

La actuación de la Administración de la Junta de Andalucía se desarrollará con el máximo respeto a los principios de publicidad y transparencia, sin perjuicio de las limitaciones derivadas del derecho a la intimidad o de otros derechos constitucionales que gozan de una protección específica.

Para hacer efectivo estos principios, se reconoce el derecho a la publicidad activa y el derecho de acceso a la información pública en los términos previstos en la Ley de Transparencia Pública de Andalucía.

Téngase en cuenta que esta última actualización establecida por la disposición final 2.1 de la Ley 1/2014, de 24 de junio entra en vigor el 30-6-2015.

Redacción anterior:

"La actuación de la Administración de la Junta de Andalucía se desarrollará con el máximo respeto a los principios de publicidad y transparencia, sin perjuicio de las limitaciones derivadas del derecho a la intimidad o de otros derechos constitucionales que gozan de una protección específica. En atención a dichos derechos, la publicidad de los actos y procedimientos administrativos se realizará de acuerdo con el principio de proporcionalidad".

Se modifica por la disposición final 2.1 de la Ley 1/2014, de 24 de junio. BOE-A-2014-7534.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de junio de 2015 En vigor BOE-A-2014-7534 Leer Qué cambió
31 de enero de 2008 Texto original Leer

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