Legislación › Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Artículo 79. Publicidad y transparencia de la actuación administrativa.
Artículo 79. Publicidad y transparencia de la actuación administrativa.
La actuación de la Administración de la Junta de Andalucía se desarrollará con el máximo respeto a los principios de publicidad y transparencia, sin perjuicio de las limitaciones derivadas del derecho a la intimidad o de otros derechos constitucionales que gozan de una protección específica.
Para hacer efectivo estos principios, se reconoce el derecho a la publicidad activa y el derecho de acceso a la información pública en los términos previstos en la Ley de Transparencia Pública de Andalucía.
Téngase en cuenta que esta última actualización establecida por la disposición final 2.1 de la Ley 1/2014, de 24 de junio entra en vigor el 30-6-2015.
Redacción anterior:
"La actuación de la Administración de la Junta de Andalucía se desarrollará con el máximo respeto a los principios de publicidad y transparencia, sin perjuicio de las limitaciones derivadas del derecho a la intimidad o de otros derechos constitucionales que gozan de una protección específica. En atención a dichos derechos, la publicidad de los actos y procedimientos administrativos se realizará de acuerdo con el principio de proporcionalidad".
Se modifica por la disposición final 2.1 de la Ley 1/2014, de 24 de junio. BOE-A-2014-7534.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de junio de 2015 En vigor | BOE-A-2014-7534 | Leer | Qué cambió |
| 31 de enero de 2008 | Texto original | Leer |


