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Legislación › Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad.

CUENTA

CUENTA DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO TERMINADO EL .... DE 200X

N° CUENTAS

 

Nota

(Debe) Haber

200X

200X-1

 

A) OPERACIONES CONTINUADAS

 

 

 

 

1. Importe neto de la cifra de negocios.

 

 

 

700,701,702,703,704,(706),(708),(709)

a) Ventas.

 

 

 

705

b) Prestaciones de servicios.

 

 

 

(6930), 71 *,7930

2. Variación de existencias de productos terminados y en curso de fabricación.

 

 

 

73

3. Trabajos realizados por la empresa para su activo.

 

 

 

 

4. Aprovisionamientos.

 

 

 

(600), 6060,6080,6090, 610*

a) Consumo de mercaderías.

 

 

 

(601),(602),6061,6062,6081,6082,6091,6092,611*,612*

b) Consumo de materias primas y otras materias consumibles.

 

 

 

(607)

c) Trabajos realizados por otras empresas.

 

 

 

(6931),(6932),(6933),7931,7932,7933

d) Deterioro de mercaderías, materias primas y otros aprovisionamientos.

 

 

 

 

5. Otros ingresos de explotación.

 

 

 

75

a) Ingresos accesorios y otros de gestión corriente.

 

 

 

740, 747

b) Subvenciones de explotación incorporadas al resultado del ejercicio.

 

 

 

 

6. Gastos de personal.

 

 

 

(640),(641),(6450)

a) Sueldos, salarios y asimilados.

 

 

 

(642),(643),(649)

b) Cargas sociales.

 

 

 

(644),(6457),7950,7957

c) Provisiones.

 

 

 

 

7. Otros gastos de explotación.

 

 

 

(62)

a) Servicios exteriores.

 

 

 

(631),(634),636,639

b) Tributos.

 

 

 

(650),(694),(695),794,7954

c) Pérdidas, deterioro y variación de provisiones por operaciones comerciales.

 

 

 

(651),(659)

d) Otros gastos de gestión corriente

 

 

 

(68)

8. Amortización del inmovilizado.

 

 

 

746

9. Imputación de subvenciones de inmovilizado no financiero y otras.

 

 

 

7951,7952,7955,7956

10. Excesos de provisiones.

 

 

 

 

11. Deterioro y resultado por enajenaciones del inmovilizado.

 

 

 

(690),(691),(692),790,791,792

a) Deterioros y pérdidas.

 

 

 

(670),(671),(672),770,771,772

b) Resultados por enajenaciones y otras.

 

 

 

 

A.1) RESULTADO DE EXPLOTACIÓN (1+2+3+4+5+6+7+8+9+10+11)

 

 

 

 

12. Ingresos financieros.

 

 

 

 

a) De participaciones en instrumentos de patrimonio.

 

 

 

7600, 7601

a1) En empresas del grupo y asociadas.

 

 

 

7602,7603

a2) En terceros.

 

 

 

 

b) De valores negociables y otros instrumentos financieros.

 

 

 

7610,7611,76200,76201,76210,76211

b1) De empresas del grupo y asociadas.

 

 

 

7612,7613,76202,76203,76212,76213,767,769

b2) De terceros.

 

 

 

 

13. Gastos financieros.

 

 

 

(6610),(6611),(6615),(6616),(6620),(6621),(6640), (6641),(6650),(6651),(6654), (6655)

a) Por deudas con empresas del grupo y asociadas.

 

 

 

(6612),(6613),(6617),(6618),(6622),(6623),

b) Por deudas con terceros.

 

 

 

(6624),(6642),(6643),(6652),(6653),(6656), (6657),(669)

 

 

 

 

(660)

c) Por actualización de provisiones

 

 

 

 

14. Variación de valor razonable en instrumentos financieros.

 

 

 

(6630),(6631),(6633),7630,7631,7633

a) Valor razonable con cambios en pérdidas y ganancias.

 

 

 

(6632),7632

b) Transferencia de ajustes de valor razonable con cambios en el patrimonio neto.

 

 

 

(668),768

15. Diferencias de cambio.

 

 

 

 

16. Deterioro y resultado por enajenaciones de instrumentos financieros.

 

 

 

(696),(697),(698),(699),796,797,798,799

a) Deterioros y pérdidas.

 

 

 

(666),(667),(673),(675),766,773,775

b) Resultados por enajenaciones y otras.

 

 

 

 

A.2) RESULTADO FINANCIERO (12+13+14+15+16)

 

 

 

 

A.3) RESULTADO ANTES DE IMPUESTOS (A.1+A.2)

 

 

 

(6300)*,6301*,(633),638

17. Impuestos sobre beneficios.

 

 

 

 

A.4) RESULTADO DEL EJERCICIO PROCEDENTE DE OPERACIONES CONTINUADAS (A.3+17)

 

 

 

 

B) OPERACIONES INTERRUMPIDAS

 

 

 

 

18. Resultado del ejercicio procedente de operaciones interrumpidas neto de impuestos.

 

 

 

 

A.5) RESULTADO DEL EJERCICIO (A.4+18)

 

 

 

* Su signo puede ser positivo o negativo

Se modifica la partida 14 por el art. 1.10 del Real Decreto 1/2021, de 12 de enero. BOE-A-2021-1350

Esta modificación será de aplicación para los ejercicios que se inicien a partir del 1 de enero de 2021, según establece la disposición final única del citado Real Decreto.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
31 de enero de 2021 En vigor BOE-A-2021-1350 Leer Qué cambió
1 de enero de 2008 Texto original Leer

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