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Legislación › Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre, de Servicios Sociales.

Artículo 10. Prestaciones del sistema público de servicios sociales.

Artículo 10. Prestaciones del sistema público de servicios sociales.

1. Las prestaciones del sistema público de servicios sociales tendrán como finalidad conseguir los objetivos previstos en esta Ley Foral.

2. Las prestaciones del sistema público de servicios sociales podrán ser técnicas, económicas o materiales.

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