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Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre, de Servicios Sociales.

En vigor Comunidad Foral de Navarra · Publicada el 31 de enero de 2007 · Último cambio el 24 de abril de 2023 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. TÍTULO PRELIMINAR
  3. Artículo 1. Objeto.
  4. Artículo 2. Objetivos de las políticas de servicios sociales.
  5. Artículo 3. El sistema de servicios sociales.
  6. Artículo 4. Personas destinatarias de los servicios sociales. 2 redacciones · cambió el 15/12/2022
  7. Artículo 5. Principios rectores del sistema de servicios sociales.
  8. TÍTULO I
  9. Artículo 6. Derechos de los destinatarios de los servicios sociales. 2 redacciones · cambió el 15/12/2022
  10. Artículo 7. Deberes de los destinatarios de los servicios sociales.
  11. Artículo 8. Derechos y deberes específicos de los usuarios de servicios residenciales. 2 redacciones · cambió el 15/12/2022
  12. TÍTULO II
  13. CAPÍTULO I
  14. Artículo 9. El sistema público de servicios sociales.
  15. CAPÍTULO II
  16. Artículo 10. Prestaciones del sistema público de servicios sociales.
  17. Artículo 11. Prestaciones técnicas.
  18. Artículo 12. Prestaciones económicas.
  19. Artículo 13. Prestaciones materiales.
  20. Artículo 14. Prestaciones mixtas.
  21. Artículo 15. Planes de servicios sociales.
  22. Artículo 16. Programas de servicios sociales.
  23. Artículo 17. Equipos técnicos.
  24. CAPÍTULO III
  25. Artículo 18. Concepto.
  26. Artículo 19. La Cartera de servicios sociales de ámbito general.
  27. Artículo 20. Contenido mínimo de la cartera de servicios sociales de ámbito general. 3 redacciones · cambió el 18/11/2016
  28. Artículo 21. Las carteras de servicios sociales de ámbito local.
  29. Artículo 22. Aprobación de la Cartera de servicios sociales de ámbito general.
  30. Artículo 23. Aprobación de las carteras de servicios sociales de ámbito local.
  31. CAPÍTULO IV
  32. Artículo 24. Planificación general.
  33. Artículo 25. Planificación de ámbito local.
  34. Artículo 26. Plan Estratégico de Servicios Sociales de Navarra.
  35. Artículo 27. Planes sectoriales de ámbito general.
  36. CAPÍTULO V
  37. Artículo 28. Estructura del sistema público de servicios sociales.
  38. Artículo 29. Los Servicios Sociales de base.
  39. Artículo 30. Funciones de los Servicios Sociales de base.
  40. Artículo 31. Programas de los Servicios Sociales de base.
  41. Artículo 32. Centros de servicios sociales.
  42. Artículo 33. Funciones de los Centros de servicios sociales.
  43. Artículo 34. Servicios Sociales especializados.
  44. Artículo 35. Funciones de los Servicios Sociales especializados.
  45. TÍTULO III
  46. CAPÍTULO I
  47. Artículo 36. Responsabilidad pública.
  48. Artículo 37. Competencias del Gobierno de Navarra.
  49. Artículo 38. Competencias del Departamento competente en materia de servicios sociales.
  50. Artículo 39. Competencias de las entidades locales.
  51. CAPÍTULO II
  52. Artículo 40. Principios de la organización territorial.
  53. Artículo 41. Zonas Básicas de servicios sociales.
  54. Artículo 42. Áreas de servicios sociales.
  55. Artículo 43. Ámbito territorial de actuación de los servicios sociales especializados.
  56. CAPÍTULO III
  57. Artículo 44. Objetivos y principios generales de la coordinación y de la cooperación interadministrativa.
  58. Artículo 45. Consejo interadministrativo de servicios sociales.
  59. Artículo 46. Comité de ética en la atención social de Navarra.
  60. TÍTULO IV
  61. Artículo 47. Fuentes y principios de la financiación.
  62. Artículo 48. Financiación de las prestaciones.
  63. Artículo 49. Financiación de infraestructuras.
  64. Artículo 50. Financiación de los Servicios Sociales de base.
  65. Artículo 51. Financiación de los Centros de servicios sociales.
  66. Artículo 52. Financiación de los Servicios Sociales especializados.
  67. Artículo 53. Participación de los usuarios en la financiación.
  68. TÍTULO V
  69. Artículo 54. Garantía y alcance de la participación cívica.
  70. Artículo 55. Formas de participación.
  71. Artículo 56. Órganos consultivos.
  72. Artículo 57. Consejo Navarro de Bienestar Social: naturaleza y funciones.
  73. Artículo 58. Consejo Navarro de Bienestar Social: composición y funcionamiento.
  74. Artículo 59. Órganos consultivos sectoriales.
  75. Artículo 60. Consejos de participación.
  76. Artículo 61. Otras formas de participación.
  77. TÍTULO VI
  78. Artículo 62. Carácter de la intervención de los profesionales.
  79. Artículo 63. Derechos y deberes de los profesionales.
  80. Artículo 64. Profesional de referencia.
  81. TÍTULO VII
  82. CAPÍTULO I
  83. Artículo 65. Principios generales.
  84. Artículo 66. Fomento de la investigación.
  85. Artículo 67. Formas de iniciativa privada.
  86. Artículo 68. Derechos y deberes de la iniciativa privada.
  87. CAPÍTULO II
  88. Artículo 69. Régimen de la autorización administrativa.
  89. Artículo 70. Clases de autorizaciones administrativas.
  90. Artículo 71. Requisitos mínimos para obtener las autorizaciones administrativas.
  91. Artículo 72. Procedimiento de concesión de las autorizaciones.
  92. Artículo 73. Mantenimiento de las autorizaciones.
  93. Artículo 74. Autorizaciones específicas.
  94. Artículo 75. Registro de Servicios Sociales.
  95. CAPÍTULO III
  96. Artículo 76. Régimen de la homologación administrativa.
  97. Artículo 77. Requisitos mínimos para la homologación.
  98. Artículo 78. Procedimiento de concesión de la homologación administrativa.
  99. Artículo 79. Mantenimiento de la homologación administrativa.
  100. Artículo 80. Homologación de los servicios de titularidad pública.
  101. TÍTULO VIII
  102. Artículo 81. Disposiciones generales.
  103. Artículo 82. Plan de calidad.
  104. TÍTULO IX
  105. CAPÍTULO I
  106. Artículo 83. Actuaciones sometidas a inspección.
  107. CAPÍTULO II
  108. Artículo 84. Infracciones y sujetos responsables.
  109. Artículo 85. Infracciones leves.
  110. Artículo 86. Infracciones graves. 2 redacciones · cambió el 15/12/2022
  111. Artículo 87. Infracciones muy graves. 2 redacciones · cambió el 15/12/2022
  112. Artículo 88. Prescripción.
  113. CAPÍTULO III
  114. Artículo 89. Sanciones administrativas. 2 redacciones · cambió el 15/12/2022
  115. Artículo 90. Multas coercitivas.
  116. Artículo 91. Sanciones accesorias.
  117. Artículo 92. Graduación de las sanciones.
  118. Artículo 93. Prescripción de las sanciones.
  119. Artículo 94. Procedimiento sancionador.
  120. Artículo 95. Medidas cautelares.
  121. Disposición adicional primera. Inembargabilidad y exención del Impuesto de la renta de las personas físicas de prestaciones económicas.
  122. Disposición adicional segunda. Asimilación de prestaciones en centros en régimen diurno y nocturno.
  123. Disposición adicional tercera. Centros de servicios sociales en Pamplona.
  124. Disposición adicional cuarta. Equiparación de homologaciones.
  125. Disposición adicional quinta. Introducción de requerimientos de carácter social en la ejecución de los contratos en materia de servicios sociales.
  126. Disposición adicional sexta. Constitución del Consejo interadministrativo de servicios sociales.
  127. Disposición adicional séptima. Creación del Registro de Servicios Sociales.
  128. Disposición adicional octava. Creación de Centros de servicios sociales.
  129. Disposición adicional novena. Aprobación del primer plan estratégico de servicios sociales de Navarra.
  130. Disposición adicional décima. Creación de plazas.
  131. Disposición adicional undécima. Obligaciones en relación con las contenciones.
  132. Disposición adicional duodécima. Historia Social Única de Navarra y tratamiento de datos.
  133. Disposición transitoria primera. Implantación de los programas de Servicios Sociales de base.
  134. Disposición transitoria segunda. Autorizaciones administrativas existentes.
  135. Disposición transitoria tercera. Exigencia de la homologación administrativa.
  136. Disposición transitoria cuarta. Zonificación.
  137. Disposición derogatoria única. Disposiciones derogadas.
  138. Disposición final primera. Aplicación en materia de infancia y juventud.
  139. Disposición final segunda. Modificación de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
  140. Disposición final tercera. Aprobación de la Cartera de servicios sociales de ámbito general.
  141. Disposición final cuarta. Desarrollo reglamentario.
  142. Disposición final quinta. Entrada en vigor.
  143. Firma
  144. [INFORMACIÓN RELACIONADA]