Legislación › Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre, de Servicios Sociales.
Artículo 36. Responsabilidad pública.
Artículo 36. Responsabilidad pública.
Corresponde a la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, a los Municipios y al resto de entidades locales de Navarra ejercer las competencias en materia de servicios sociales de acuerdo con lo establecido en esta Ley Foral y en la legislación sobre régimen local, de forma que se asegure el adecuado funcionamiento del sistema público de servicios sociales.


