Legislación › Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo.
Artículo 41. Comisiones paritarias.
Artículo 41. Comisiones paritarias.
Se crean las Comisiones paritarias de Formación, de Acción Social y de Salud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales que vigilarán el cumplimiento y aplicación de los criterios generales que, en las respectivas materias se acuerden en la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas prevista en el artículo 36 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.


