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Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo.
Derogada o sin vigencia Ministerio de la Presidencia · Publicada el 26 de noviembre de 2007 · Último cambio el 11 de diciembre de 2024 · Ver en el BOE
Índice
- no 2 redacciones · cambió el 11/12/2024
- Preámbulo
- Artículo único. Creación de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo y aprobación de su Estatuto.
- Disposición adicional primera. Constitución de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo.
- Disposición adicional segunda. Supresión de organismo autónomo.
- Disposición adicional tercera. Integración del personal en la Agencia.
- Disposición adicional cuarta. Aplicación a los miembros de la Carrera Diplomática de lo dispuesto en el artículo 16 del Real Decreto 674/1993, de 7 de mayo, de provisión de puestos de trabajo en el extranjero y ascensos de los funcionarios, modificado parcialmente por el Real Decreto 805/2000 de 19 de mayo.
- Disposición adicional quinta. Procedimientos de coordinación derivados de la adscripción de la AECID al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.
- Disposición transitoria primera. Garantía de continuidad en la ejecución de la política española de cooperación internacional para el desarrollo.
- Disposición transitoria segunda. Contrato de gestión.
- Disposición transitoria tercera. Régimen presupuestario aplicable durante el ejercicio 2007.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Desarrollo normativo y aplicación.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- Firma
- ESTATUTO
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Naturaleza, objeto y régimen jurídico.
- Artículo 2. Potestades administrativas y relaciones con otras Administraciones.
- Artículo 3. Colaboración con las comunidades autónomas y entes locales.
- CAPÍTULO II
- Artículo 4. Fines.
- Articulo 5. Funciones.
- Artículo 6. Instrumentos. 2 redacciones · cambió el 25/06/2011
- CAPíTULO III
- Artículo 7. Principios básicos de actuación administrativa.
- Artículo 8. Principios de las Declaraciones de Roma y de París.
- Artículo 9. Transparencia y participación ciudadana.
- CAPÍTULO IV
- Sección 1
- Artículo 10. Órganos de gobierno. 3 redacciones · cambió el 29/07/2020
- Artículo 11. La Presidencia. 6 redacciones · cambió el 29/07/2020
- Artículo 12. El Consejo Rector. 4 redacciones · cambió el 29/07/2020
- Artículo 13. La Comisión Permanente. 3 redacciones · cambió el 29/07/2020
- Sección 2
- Artículo 14. El Director. 2 redacciones · cambió el 29/07/2020
- Sección 3
- Artículo 15. La Comisión de Control.
- Artículo 16. El Consejo Asesor. 3 redacciones · cambió el 29/07/2020
- Sección 4
- Articulo 17. Estructura básica. 5 redacciones · cambió el 16/10/2012
- Artículo 18. Suplencia de los titulares de órganos directivos. 2 redacciones · cambió el 16/10/2012
- Artículo 19. Funciones, dependencia funcional y orgánica y relaciones con las Embajadas de las Oficinas Técnicas de Cooperación.
- Artículo 20. Funciones, dependencia funcional y orgánica y relaciones con las Embajadas de los Centros Culturales y de los Centros de Formación.
- Sección 5
- Artículo 21. Adscripción.
- Artículo 22. Sede.
- CAPÍTULO V
- Artículo 23. Contrato de gestión.
- Artículo 24. Plan anual de acción, informe de actividad y cuentas anuales.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 25. Contratación.
- Artículo 26. Régimen patrimonial.
- Artículo 27. Bienes Propios.
- Artículo 28. Bienes adscritos.
- Artículo 29. Actuaciones frente a terceros.
- Artículo 30. Inventario.
- CAPÍTULO VII
- Artículo 31. Régimen de personal.
- Artículo 32. Clases de personal.
- Artículo 33. Acceso y selección.
- Artículo 34. Previsión de necesidades de recursos humanos.
- Artículo 35. Ordenación y provisión de puestos de trabajo.
- Artículo 36. Personal funcionario.
- Artículo 37. Personal laboral.
- Artículo 38. Personal directivo. 5 redacciones · cambió el 16/10/2012
- Artículo 39. Movilidad del personal.
- Artículo 40. Régimen retributivo.
- Artículo 41. Comisiones paritarias.
- CAPÍTULO VIII
- Artículo 42. Recursos económicos.
- Artículo 43. Participación en sociedades mercantiles o fundaciones.
- Artículo 44. Presupuesto.
- Artículo 45. Contabilidad.
- Artículo 46. Control.
- CAPíTULO IX
- Artículo 47. Disposiciones.
- Artículo 48. Asistencia jurídica.
- Anexo
- [Información relacionada]


