Legislación › Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo.
Artículo 21. Adscripción.
Artículo 21. Adscripción.
1. La Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo está adscrita al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación a través de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional
2. Corresponde al Ministerio de adscripción la dirección estratégica, evaluación y control de resultados y de la actividad de la Agencia.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43.4 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, dichas funciones se ejercerán mediante el seguimiento y control de resultados del Contrato de Gestión.
Redactado el párrafo segundo del apartado 2 conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 41, de 16 de febrero de 2008. BOE-A-2008-2826.


