Legislación › Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
Artículo 169. Prescripción de las reclamaciones.
Artículo 169. Prescripción de las reclamaciones.
El plazo de prescripción para presentar reclamaciones con arreglo a este libro será de dos años.
Se añade por el art. 4.2 del Real Decreto-ley 23/2018, de 21 de diciembre. BOE-A-2018-17769


