Legislación › Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
Artículo 107. Obligaciones y derechos del empresario en caso de desistimiento.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 29 de marzo de 2014 y la del 27 de mayo de 2017.
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Artículo 107. Obligaciones y derechos del empresario en caso de desistimiento.
1. El empresario reembolsará todo pago recibido del consumidor y usuario, incluidos, en su caso, los costes de entrega, sin demoras indebidas y, en cualquier caso, antes de que hayan transcurrido 14 días naturales desde la fecha en que haya sido informado de la decisión de desistimiento del contrato del consumidor y usuario de conformidad con el artículo 106.
En caso de retraso injustificado por parte del El empresario respecto a la devolución de las sumas abonadas, deberá efectuar el consumidor y usuario podrá reclamar reembolso a que se le pague refiere el doble del importe adeudado, sin perjuicio a su derecho primer párrafo utilizando el mismo medio de ser indemnizado pago empleado por los daños el consumidor para la transacción inicial, a no ser que el consumidor haya dispuesto expresamente lo contrario y perjuicios sufridos siempre y cuando el consumidor no incurra en los que excedan de dicha cantidad. ningún gasto como consecuencia del reembolso.
2. No obstante lo dispuesto en el apartado 1, en caso de que el consumidor y usuario haya seleccionado expresamente una modalidad de entrega diferente a la modalidad menos costosa de entrega ordinaria, el empresario no estará obligado a reembolsar los costes adicionales que de ello se deriven.
3. Salvo en caso de que el empresario se haya ofrecido a recoger él mismo los bienes, en los contratos de venta, el empresario podrá retener el reembolso hasta haber recibido los bienes, o hasta que el consumidor y usuario haya presentado una prueba de la devolución de los bienes, según qué condición se cumpla primero.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 28 de mayo de 2022 En vigor | BOE-A-2021-17910 | Leer | Qué cambió |
| 27 de mayo de 2017 | BOE-A-2017-5855 | Leer | Qué cambió |
| 29 de marzo de 2014 | BOE-A-2014-3329 | Leer | Qué cambió |
| 1 de diciembre de 2007 | Texto original | Leer |


