Legislación › Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
Artículo 3. Conceptos de consumidor y usuario y de persona consumidora vulnerable.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de diciembre de 2007 y la del 29 de marzo de 2014.
Tachado: lo que se quitó (3 palabras). Subrayado: lo que se añadió (36 palabras).
Volver al texto en vigor
Artículo 3. Concepto general de consumidor y de usuario.
A efectos de esta norma y sin perjuicio de lo dispuesto expresamente en sus libros tercero y cuarto, son consumidores o usuarios las personas físicas que actúen con un propósito ajeno a su actividad comercial, empresarial, oficio o profesión.
Son también consumidores a efectos de esta norma las personas jurídicas y las entidades sin personalidad jurídica que actúan actúen sin ánimo de lucro en un ámbito ajeno a una actividad empresarial comercial o profesional. empresarial.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 2 de marzo de 2022 En vigor | BOE-A-2022-3198 | Leer | Qué cambió |
| 21 de enero de 2021 | BOE-A-2021-793 | Leer | Qué cambió |
| 29 de marzo de 2014 | BOE-A-2014-3329 | Leer | Qué cambió |
| 1 de diciembre de 2007 | Texto original | Leer |


