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Legislación › Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2008.

Disposición adicional sexagésima.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2008 y la del 26 de febrero de 2013. Tachado: lo que se quitó (91 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición adicional sexagésima.
El segundo párrafo de la disposición adicional cuarta de la Ley 7/1988, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, queda redactado del siguiente modo:
«2. Además de los requisitos generales establecidos en la legislación general de la Función Pública, para el ingreso en el Cuerpo Superior de Letrados del Tribunal de Cuentas, se exigirá estar en posesión del título de Licenciado en Derecho. Podrán acceder al de Auditores del propio Tribunal quiénes estén en posesión de alguno de los siguientes títulos: Licenciado Universitario, Ingeniero Superior, Arquitecto, Intendente Mercantil y Actuario de Seguros.»
(Anulada)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
26 de febrero de 2013 En vigor BOE-A-2013-2159 Leer Qué cambió
1 de enero de 2008 Texto original Leer

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