Legislación › Real Decreto 1726/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas.
Artículo 14. Composición de la Junta de Gobierno.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2008 y la del 30 de diciembre de 2012.
Tachado: lo que se quitó (37 palabras). Subrayado: lo que se añadió (12 palabras).
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Artículo 14. Composición de la Junta de Gobierno.
1. La Junta de Gobierno estará compuesta de la siguiente forma:
a) Presidente: El Secretario General Gerente del ISFAS.
b) Vocales:
1.º Los Directores de Personal de los Mandos o Jefaturas de Personal de los tres ejércitos. Ejércitos.
2.º El Jefe de Personal de la Guardia Civil.
3.º El Inspector General de Sanidad de la Defensa.
4.º El Subdirector de Prestaciones del ISFAS.
5.º El Subdirector Económico-Financiero del ISFAS.
6.º El Subdirector Adjunto a la Secretaría Secretario General Adjunto del ISFAS.
7.º El Director de General de Recursos o miembro del CNI en quien aquel delegue con rango, al menos, de Subdirector General.
8.º El Delegado Regional o Especial más antiguo en su cargo. Asesor Jurídico del
9.º El Inspector de Servicios del ISFAS.
10.º ElISFAS. ISFAS, quien ejercerá, además, la función de Secretario.
11.º 9.º El Interventor Delegado del ISFAS. del ISFAS.
c) Secretario: Un funcionario destinado en la Gerencia
2. La Junta de Gobierno se reunirá, al menos, dos veces al año, así como cuando la convoque su Presidente, a iniciativa propia o a petición de la tercera parte de sus componentes.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 23 de junio de 2020 En vigor | BOE-A-2020-5604 | Leer | Qué cambió |
| 19 de mayo de 2018 | BOE-A-2018-6654 | Leer | Qué cambió |
| 14 de diciembre de 2016 | BOE-A-2016-11821 | Leer | Qué cambió |
| 30 de diciembre de 2012 | BOE-A-2012-15698 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2008 | Texto original | Leer |


