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Legislación › Real Decreto 1726/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas.

Artículo 14. Composición de la Junta de Gobierno.

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Artículo 14. Composición de la Junta de Gobierno.
1. La Junta de Gobierno estará compuesta de la siguiente forma:
a) Presidente: El Secretario General Gerente del ISFAS.
b) Vocales:
1.º Los Directores de Personal de los Mandos o Jefaturas de Personal de los tres Ejércitos.
2.º El Jefe de Personal de la Guardia Civil.
3.º El Inspector General de Sanidad de la Defensa.
4.º El Subdirector de Prestaciones del ISFAS.
5.º El Subdirector Económico-Financiero del ISFAS.
6.º El Secretario General Adjunto del ISFAS.
7.º El
Director General de Recursos o miembro del CNI en quien aquel delegue con rango, al menos, de Subdirector General.
7.º Un vocal en representación de todas las asociaciones profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas con representación en el Consejo de Personal.

8.º El Asesor Jurídico del ISFAS, quien ejercerá, además, la función de Secretario.
9.º El Interventor Delegado del ISFAS.
2. La Junta de Gobierno se reunirá, al menos, dos veces al año, así como cuando la convoque su Presidente, a iniciativa propia o a petición de la tercera parte de sus componentes.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
23 de junio de 2020 En vigor BOE-A-2020-5604 Leer Qué cambió
19 de mayo de 2018 BOE-A-2018-6654 Leer Qué cambió
14 de diciembre de 2016 BOE-A-2016-11821 Leer Qué cambió
30 de diciembre de 2012 BOE-A-2012-15698 Leer Qué cambió
1 de enero de 2008 Texto original Leer

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