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Legislación › Real Decreto 1726/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas.

Artículo 79. Reconocimiento de la pensión complementaria de inutilidad para el servicio.

Artículo 79. Reconocimiento de la pensión complementaria de inutilidad para el servicio.

Corresponde a los órganos competentes de la Gerencia del ISFAS el reconocimiento y pago de la pensión complementaria de inutilidad para el servicio y de la prestación de gran invalidez.

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