Legislación › Real Decreto 1726/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas.
Artículo 9. Funciones y adscripción.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2008 y la del 13 de junio de 2026.
Tachado: lo que se quitó (4 palabras). Subrayado: lo que se añadió (5 palabras).
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Artículo 9. Funciones y adscripción.
El mecanismo de Seguridad Social al que se refiere este reglamento se gestionará a través del ISFAS, organismo autónomo adscrito al Ministerio de Defensa, e integrado en Defensa a través de la Subsecretaría del citado departamento ministerial.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 13 de junio de 2026 En vigor | BOE-A-2026-12711 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2008 | Texto original | Leer |


