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Legislación › Ley 53/2007, de 28 de diciembre, sobre el control del comercio exterior de material de defensa y de doble uso.

Artículo 10. Régimen sancionador.

Artículo 10. Régimen sancionador.

Las infracciones a la presente Ley que sean constitutivas de delito, falta o infracción administrativa se regirán, en su caso, por lo establecido tanto en el Código Penal como en la legislación especial de represión del contrabando.

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