Legislación › Ley 54/2007, de 28 de diciembre, de Adopción internacional.
Artículo 22. Ley aplicable a la conversión y nulidad de la adopción.
Artículo 22. Ley aplicable a la conversión y nulidad de la adopción.
La ley aplicable a la conversión de la adopción no plena en plena y a la nulidad de la adopción será la aplicada para su constitución.
Se modifica por el art. 3.22 de la Ley 26/2015, de 28 de julio. BOE-A-2015-8470.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 18 de agosto de 2015 En vigor | BOE-A-2015-8470 | Leer | Qué cambió |
| 30 de diciembre de 2007 | Texto original | Leer |


