Legislación › Ley 54/2007, de 28 de diciembre, de Adopción internacional.
Artículo 22. Ley aplicable a la conversión y nulidad de la adopción.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de diciembre de 2007 y la del 18 de agosto de 2015.
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Artículo 22. Ley aplicable a la conversión, nulidad conversión y revisión nulidad de la adopción.
Los criterios anteriores sobre determinación de la La ley aplicable a la constitución conversión de la adopción serán aplicables también para precisar la ley aplicable no plena en plena y a la conversión, nulidad y revisión de la adopción. adopción será la aplicada para su constitución.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 18 de agosto de 2015 En vigor | BOE-A-2015-8470 | Leer | Qué cambió |
| 30 de diciembre de 2007 | Texto original | Leer |


