Legislación › Real Decreto Legislativo 2/2007, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria.
Disposición final segunda. Carácter básico de las normas de desarrollo.
Disposición final segunda. Carácter básico de las normas de desarrollo.
Las normas que, en desarrollo de esta ley, apruebe la Administración General del Estado, tendrán carácter de básicas cuando constituyan el complemento necesario respecto a las normas que tengan atribuida tal naturaleza conforme a la disposición final primera.
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