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Legislación › Ley 15/2006, de 28 de diciembre, de Montes de Aragón.

Disposición adicional sexta. Montes pertenecientes a sociedades extintas o sin capacidad de obrar.

Disposición adicional sexta. Montes pertenecientes a sociedades extintas o sin capacidad de obrar.

Mediante acuerdo del Gobierno de Aragón se podrá declarar la utilidad pública para la expropiación forzosa e incorporación al dominio público forestal de los montes que cumplan alguna de las características y funciones establecidas para la catalogación de montes públicos en la presente ley y pertenezcan a sociedades o personas jurídicas que hayan perdido su capacidad de obrar o se hayan extinguido y se encuentren pendientes de liquidación.

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