Legislación › Ley 17/2006, de 29 de diciembre, de Medidas urgentes en el sector del transporte interurbano de viajeros por carretera de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Artículo 3. Derecho de preferencia.
Artículo 3. Derecho de preferencia.
(Derogado).
Se deroga por la disposición derogatoria única.2.f) de la Ley 2/2014, de 23 de enero. BOE-A-2014-1510
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 26 de enero de 2014 En vigor | BOE-A-2014-1510 | Leer | Qué cambió |
| 31 de diciembre de 2006 | Texto original | Leer |


