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Legislación › Ley 9/2006, de 11 de diciembre, Tributaria de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Disposición final cuarta. Autoliquidaciones en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

Disposición final cuarta. Autoliquidaciones en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

La Administración Tributaria Canaria establecerá el adecuado servicio de asistencia al contribuyente para la implantación del régimen de autoliquidación obligatorio en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

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