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Ley 9/2006, de 11 de diciembre, Tributaria de la Comunidad Autónoma de Canarias.

En vigor Comunidad Autónoma de Canarias · Publicada el 22 de febrero de 2007 · Último cambio el 31 de diciembre de 2022 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. TÍTULO I
  3. Artículo 1. Objeto de la ley.
  4. Artículo 2. Fuentes.
  5. Artículo 3. Reserva de ley.
  6. Artículo 4. Interpretación de las normas tributarias.
  7. Artículo 5. Competencias del Gobierno de Canarias. 4 redacciones · cambió el 03/05/2022
  8. Artículo 6. Competencias del consejero competente en materia tributaria. 3 redacciones · cambió el 07/08/2014
  9. Artículo 6 bis. Competencia del director general competente en materia tributaria respecto a determinadas compensaciones y extinciones de oficio de deudas y sanciones tributarias.
  10. Artículo 7. La Administración Tributaria Canaria.
  11. Artículo 8. Encomienda de actividades administrativas.
  12. TÍTULO II
  13. CAPÍTULO I
  14. Artículo 9. Información y asistencia a los obligados tributarios.
  15. Artículo 10. Publicaciones.
  16. Artículo 11. Información con carácter previo a la adquisición o transmisión de bienes inmuebles.
  17. CAPÍTULO II
  18. Artículo 12. Colaboración social.
  19. Artículo 13. Obligaciones de información.
  20. CAPÍTULO III
  21. Artículo 14. Recaudación en período voluntario.
  22. Artículo 15. Recaudación en período ejecutivo.
  23. Artículo 16. Deudas de reducida cuantía. 2 redacciones · cambió el 26/06/2012
  24. Artículo 17. Embargo de bienes o derechos de reducido valor.
  25. Artículo 18. Compensación de oficio.
  26. Artículo 19. Extinción de deudas de las entidades de Derecho público mediante deducciones sobre transferencias.
  27. Artículo 20. Responsabilidad solidaria del Estado, de las comunidades autónomas y de las corporaciones locales.
  28. Artículo 21. Dispensa de constitución de garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento del pago.
  29. Artículo 22. Comprobación de valores.
  30. Artículo 23. Registro de Valores Inmobiliarios de Canarias. 3 redacciones · cambió el 26/06/2012
  31. Artículo 24. Declaración de los sábados como días inhábiles a ciertos efectos tributarios.
  32. Artículo 24 bis. Suspensión de plazos.
  33. Artículo 25. Anuncio de comparecencia para notificación. 2 redacciones · cambió el 26/06/2012
  34. Artículo 25 bis. Notificación electrónica.
  35. Artículo 26. Presentación telemática. 2 redacciones · cambió el 26/06/2012
  36. Artículo 27. Declaraciones censales.
  37. Artículo 28. Censo de empresarios o profesionales.
  38. TÍTULO III
  39. Artículo 29. De las reclamaciones económico-administrativas. 2 redacciones · cambió el 10/11/2014
  40. Artículo 30. Órgano económico-administrativo. 2 redacciones · cambió el 10/11/2014
  41. Artículo 31. Composición y funcionamiento de la Junta Económico-Administrativa de Canarias. 2 redacciones · cambió el 10/11/2014
  42. Artículo 32. De las Juntas Territoriales Económico-Administrativas. 2 redacciones · cambió el 10/11/2014
  43. Artículo 33. Competencia de la Junta Económico-Administrativa de Canarias. 2 redacciones · cambió el 10/11/2014
  44. Artículo 34. Recurso de alzada ordinario. 2 redacciones · cambió el 10/11/2014
  45. Artículo 35. Recurso extraordinario de alzada para la unificación de criterio. 2 redacciones · cambió el 10/11/2014
  46. Artículo 36. Recurso extraordinario para la unificación de doctrina. 2 redacciones · cambió el 10/11/2014
  47. Artículo 37. Recurso extraordinario de revisión. 2 redacciones · cambió el 10/11/2014
  48. Artículo 38. Incompatibilidades. 2 redacciones · cambió el 10/11/2014
  49. Disposición adicional primera. Reclamaciones económico-administrativas en otras materias.
  50. Disposición adicional segunda. Tasación pericial contradictoria. 2 redacciones · cambió el 26/06/2012
  51. Disposición adicional tercera. Requisitos formales en la aplicación de los tipos reducidos en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en la adquisición de viviendas habituales. 2 redacciones · cambió el 23/04/2009
  52. Disposición adicional cuarta. Convenios de colaboración.
  53. Disposición adicional quinta. Participación de la Comunidad Autónoma de Canarias en los tribunales económico-administrativos estatales. 2 redacciones · cambió el 10/11/2014
  54. Disposición adicional sexta. Oficinas liquidadoras.
  55. Disposición adicional séptima. Delegación legislativa para refundición de normas tributarias.
  56. Disposición adicional octava. Obtención de datos tributarios.
  57. Disposición adicional novena. Asistencia a la Administración Tributaria Canaria del Cuerpo General de la Policía Canaria.
  58. Disposición adicional décima. Información, control y evaluación de ayudas fiscales. 2 redacciones · cambió el 31/12/2022
  59. Disposición transitoria primera. Reclamaciones económico-administrativas.
  60. Disposición transitoria segunda. Juntas Central y Territoriales Económico-Administrativas.
  61. Disposición derogatoria única. A la entrada en vigor de la presente ley quedarán derogadas todas las disposiciones que se opongan a lo establecido en la misma y, entre otras, las siguientes normas:
  62. Disposición final primera. Modificación de la Ley 7/1984, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
  63. Disposición final segunda. Modificaciones tributarias en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias. 2 redacciones · cambió el 10/11/2014
  64. Disposición final tercera. Modificación del Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias.
  65. Disposición final cuarta. Autoliquidaciones en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
  66. Disposición final quinta. Habilitación normativa.
  67. Disposición final sexta. Referencias normativas.
  68. Disposición final séptima. Entrada en vigor.
  69. [firma]