Legislación › Ley 1/2007, de 15 de enero, de la Academia Gallega de Seguridad Pública.
Disposición transitoria segunda.
Disposición transitoria segunda.
El personal que figure como dependiente del Centro de Estudios Judiciales y Seguridad Pública de Galicia en la correspondiente relación de puestos de trabajo pasará a depender de la nueva Academia Gallega de Seguridad Pública, conservando sus derechos económicos y administrativos.
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