Legislación › Ley 1/2007, de 15 de enero, de la Academia Gallega de Seguridad Pública.
Disposición transitoria primera.
Disposición transitoria primera.
La Academia Gallega de Seguridad Pública asumirá el patrimonio, las obligaciones y los derechos presupuestarios, así como los convenios firmados en materia de seguridad pública por el extinto Centro de Estudios Judiciales y Seguridad Pública de Galicia.


