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Legislación › Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria.

Artículo 77. Créditos por transferencias y delegaciones de competencias a las Corporaciones Locales.

Artículo 77. Créditos por transferencias y delegaciones de competencias a las Corporaciones Locales.

Los créditos presupuestarios destinados a la financiación de las competencias y servicios asumidos por las Corporaciones Locales que, como aportaciones dinerarias, se consignen en la Ley anual de Presupuestos, como «Transferencias y Delegaciones a Corporaciones Locales», se librarán a cada una con carácter genérico, al inicio de cada trimestre, en el plazo que reglamentariamente se fije.

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