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Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria.
En vigor Comunidad Autónoma de Canarias · Publicada el 23 de febrero de 2007 · Último cambio el 30 de diciembre de 2023 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Sector público autonómico. 3 redacciones · cambió el 31/12/2021
- Artículo 3. Clasificación del sector público.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 4. Régimen jurídico aplicable. 2 redacciones · cambió el 31/12/2022
- Artículo 5. Principios de la actividad económico-financiera.
- Sección 2
- Artículo 6. Concepto.
- Artículo 7. Recursos de la Hacienda Pública.
- Sección 3
- Artículo 8. Derechos de la Hacienda Pública.
- Artículo 9. Administración de los derechos.
- Artículo 10. Límites a que están sujetos los derechos de la Hacienda Pública.
- Sección 4
- Artículo 11. Normas generales.
- Artículo 12. Prerrogativas correspondientes a los derechos de naturaleza pública. 2 redacciones · cambió el 31/12/2022
- Artículo 13. Nacimiento, adquisición y extinción de los derechos de naturaleza pública de la Hacienda Pública.
- Artículo 14. Aplazamiento o fraccionamiento de las cantidades adeudadas a la Hacienda Pública.
- Artículo 15. Compensación de deudas.
- Artículo 16. Prescripción de los derechos de la Hacienda Pública.
- Artículo 17. Revisión de los actos recaudatorios.
- Artículo 18. Derechos económicos de baja cuantía. 2 redacciones · cambió el 26/06/2012
- Artículo 19. Intereses de demora.
- Sección 5
- Artículo 20. Derechos de naturaleza privada de la Hacienda Pública.
- Sección 6
- Artículo 21. Fuentes y exigibilidad de las obligaciones. 3 redacciones · cambió el 30/12/2023
- Artículo 22. Extinción de las obligaciones.
- Artículo 23. Prerrogativas.
- Artículo 24. Intereses de demora.
- Artículo 25. Prescripción de las obligaciones.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 26. Escenarios presupuestarios plurianuales.
- Artículo 27. Principios de funcionamiento de la gestión económico-financiera.
- Artículo 28. Programas de actuación plurianual de los entes con presupuesto limitativo.
- Artículo 29. Programas de actuación plurianual de los entes con presupuesto estimativo.
- Artículo 30. Programas de actuaciones plurianuales de los centros gestores.
- Artículo 31. Asignación presupuestaria y objetivos.
- Artículo 32. Sistema de objetivos.
- Artículo 33. Balance de resultados e informe de gestión.
- Artículo 34. Evaluación de políticas de gasto.
- CAPÍTULO II
- Artículo 35. Definición.
- Artículo 36. Alcance subjetivo. 2 redacciones · cambió el 10/11/2014
- Artículo 37. Ámbito temporal.
- Artículo 38. Procedimiento de elaboración. 2 redacciones · cambió el 10/11/2014
- Artículo 39. Remisión al Parlamento.
- Artículo 40. Prórroga de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Canarias.
- Artículo 41. Estructura de los presupuestos del sector público.
- Artículo 42. Estructura de los estados de gastos de los Presupuestos Generales del sector público con presupuesto limitativo.
- Artículo 43. Estructura de los estados de ingresos del sector público con presupuesto limitativo.
- Artículo 44. Competencias del titular del departamento de Hacienda.
- CAPÍTULO III
- Artículo 45. Créditos presupuestarios.
- Artículo 46. Especialidad de los créditos.
- Artículo 47. Vinculación de los créditos.
- Artículo 48. Limitación de los compromisos de gasto.
- Artículo 49. Compromisos de gasto de carácter plurianual.
- Artículo 50. Adquisiciones con pago diferido. 2 redacciones · cambió el 31/12/2008
- Artículo 51. Tramitación anticipada de expedientes de gastos.
- Artículo 52. Temporalidad de los créditos.
- Artículo 53. Modificación de los créditos iniciales.
- Artículo 54. Transferencias de crédito. 4 redacciones · cambió el 31/12/2019
- Artículo 55. Generaciones de crédito. 2 redacciones · cambió el 31/12/2021
- Artículo 56. Créditos ampliables.
- Artículo 57. Créditos extraordinarios y suplementos de crédito de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
- Artículo 58. Créditos extraordinarios y suplementarios del resto de entes con presupuesto limitativo.
- Artículo 59. Incorporaciones de crédito.
- Artículo 60. Competencias del Gobierno.
- Artículo 61. Competencias del titular del departamento competente en materia de Hacienda.
- Artículo 62. Competencias de los consejeros y de los titulares de los entes con presupuesto limitativo.
- Artículo 63. Anticipos de tesorería.
- Artículo 64. Disponibilidades líquidas de los organismos autónomos y otras entidades integrantes del sector público con presupuesto limitativo.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 65. Presupuesto de los sujetos del sector público con presupuesto estimativo. 2 redacciones · cambió el 31/12/2008
- Artículo 66. Modificaciones presupuestarias de los sujetos del sector público con presupuesto estimativo. 2 redacciones · cambió el 31/12/2008
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 67. Reglas de gestión presupuestaria.
- CAPÍTULO II
- Artículo 68. Fases del procedimiento de la gestión de los gastos.
- Artículo 69. Competencias en materia de gestión de gastos. 2 redacciones · cambió el 10/11/2014
- Artículo 70. Ordenación y ejecución material del pago. 2 redacciones · cambió el 10/11/2014
- Artículo 71. Embargo de derechos de cobro.
- Artículo 72. Pagos indebidos y demás reintegros.
- Artículo 73. Anticipos de caja fija.
- Artículo 74. Pagos a justificar.
- Artículo 75. Gestión del presupuesto de ingresos.
- Artículo 76. Devoluciones de ingresos.
- TÍTULO IV
- Artículo 77. Créditos por transferencias y delegaciones de competencias a las Corporaciones Locales.
- Artículo 78. Gestión de los créditos con destino a obras o servicios competencia de las Corporaciones Locales.
- Artículo 79. Anticipos a cuenta a las Corporaciones Locales.
- Artículo 80. Sistema de cuenta corriente.
- Artículo 81. Operaciones de tesorería con las Corporaciones Locales.
- TÍTULO V
- CAPÍTULO I
- Artículo 82. Tesoro de la Comunidad Autónoma. 2 redacciones · cambió el 31/12/2008
- Artículo 83. Funciones del Tesoro.
- Artículo 84. Caja de Depósitos.
- CAPÍTULO II
- Artículo 85. Relación con las entidades financieras.
- Artículo 86. Medios de cobro y pago.
- Artículo 87. Operaciones activas de tesorería.
- Artículo 88. Presupuesto de tesorería. 2 redacciones · cambió el 10/11/2014
- CAPÍTULO III
- Sección 1
- Artículo 89. Conceptos. 2 redacciones · cambió el 10/11/2014
- Sección 2
- Artículo 90. Habilitación legal para la creación de deuda. 2 redacciones · cambió el 10/11/2014
- Artículo 91. Cobertura presupuestaria de los gastos derivados de la deuda. 2 redacciones · cambió el 10/11/2014
- Artículo 92. Aplicación de los ingresos y gastos provenientes de la deuda. 2 redacciones · cambió el 10/11/2014
- Artículo 93. Competencia para la formalización de las operaciones relativas a la deuda. 2 redacciones · cambió el 10/11/2014
- Artículo 94. Emisión de valores. 2 redacciones · cambió el 10/11/2014
- Artículo 95. Operaciones de crédito. 2 redacciones · cambió el 10/11/2014
- Artículo 96. Instrumentos financieros vinculados a la deuda. 2 redacciones · cambió el 10/11/2014
- Artículo 97. Otras operaciones relativas a la deuda. 2 redacciones · cambió el 10/11/2014
- Artículo 98. Régimen jurídico de los valores representativos de la deuda de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias. 2 redacciones · cambió el 10/11/2014
- Artículo 99. Prescripción. 2 redacciones · cambió el 10/11/2014
- Sección 3
- Artículo 100. Operaciones de deuda de los organismos autónomos. 2 redacciones · cambió el 10/11/2014
- Sección 4
- Artículo 100 bis. Operaciones de deuda de las universidades públicas con sede en la Comunidad Autónoma de Canarias.
- Artículo 100 ter. Operaciones de deuda de las empresas, fundaciones u otras personas jurídicas vinculadas o dependientes de las universidades públicas con sede en la Comunidad Autónoma de Canarias.
- Sección 5
- Artículo 100 quater. Operaciones de deuda del resto de las entidades del sector administraciones públicas de la Comunidad Autónoma de Canarias.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 100 quinquies. Operaciones de deuda de otras entidades del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias.
- CAPÍTULO V
- Artículo 100 sexies. Central de información.
- TÍTULO VI
- Artículo 101. Objeto de los avales. 3 redacciones · cambió el 30/12/2017
- Artículo 102. Importe y beneficiarios. 2 redacciones · cambió el 10/11/2014
- Artículo 103. Competencia y procedimiento para el otorgamiento de avales. 2 redacciones · cambió el 10/11/2014
- Artículo 104. Contenido. 2 redacciones · cambió el 10/11/2014
- Artículo 105. Comisiones. 2 redacciones · cambió el 10/11/2014
- Artículo 106. Ejecución de avales. 2 redacciones · cambió el 10/11/2014
- TÍTULO VII
- CAPÍTULO I
- Artículo 107. Principios generales.
- Artículo 108. Fines de la contabilidad del sector público.
- Artículo 109. Aplicación de los principios contables.
- Artículo 110. Principios contables públicos. 2 redacciones · cambió el 31/12/2022
- Artículo 111. Destinatarios de la información contable.
- CAPÍTULO II
- Artículo 112. Competencias del consejero competente en materia de Hacienda.
- Artículo 113. Competencias de la Intervención General. 3 redacciones · cambió el 31/12/2022
- CAPÍTULO III
- Artículo 114. Formulación de las cuentas anuales.
- Artículo 115. Contenido de las cuentas anuales del sector público con presupuesto limitativo. 2 redacciones · cambió el 31/12/2022
- Artículo 116. Contenido de las cuentas anuales del sector público con presupuesto estimativo.
- Artículo 117. Contenido de la Cuenta General de la Comunidad Autónoma. 2 redacciones · cambió el 10/11/2014
- Artículo 118. Información a remitir al Parlamento.
- Artículo 119. Información a publicar en el Boletín Oficial de Canarias.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 120. Obligación de rendir cuentas.
- Artículo 121. Cuentadantes.
- Artículo 122. Procedimiento de rendición de cuentas.
- Artículo 122 bis. Rendición de cuentas por los fondos carentes de personalidad jurídica.
- TÍTULO VIII
- CAPÍTULO I
- Artículo 123. Del control de la gestión económica y financiera del sector público.
- Artículo 124. Objetivos del control.
- Artículo 125. Control de subvenciones y ayudas.
- Artículo 126. Principios de actuación y prerrogativas.
- Artículo 127. Deberes y facultades del personal controlador, deber de colaboración.
- Artículo 128. Informes de control financiero permanente, de auditoría pública y de gestión.
- CAPÍTULO II
- Artículo 129. Objeto de la función interventora.
- Artículo 130. Ámbito de aplicación de la función interventora.
- Artículo 131. Modalidades de ejercicio.
- Artículo 132. No sujeción a la fiscalización previa. 2 redacciones · cambió el 31/12/2008
- Artículo 133. Fiscalización e intervención previa limitada.
- Artículo 134. Reparos.
- Artículo 135. Discrepancias.
- Artículo 136. La omisión de fiscalización.
- CAPÍTULO III
- Artículo 137. Control financiero permanente.
- Artículo 138. Ámbito de aplicación.
- Artículo 139. Objetivos.
- Artículo 140. Plan anual de Control Financiero Permanente.
- Artículo 141. Informes de control financiero permanente.
- Artículo 142. Informes de actuación y seguimiento de medidas correctoras.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 143. Definición.
- Artículo 144. Ámbito. 2 redacciones · cambió el 10/11/2014
- Artículo 145. Formas de ejercicio.
- Artículo 146. Plan anual de Auditorías.
- Artículo 147. Informes de auditoría. 2 redacciones · cambió el 31/12/2008
- Artículo 148. Auditoría de las cuentas anuales.
- Artículo 149. Ámbito de la auditoría de cuentas anuales. 3 redacciones · cambió el 10/11/2014
- Artículo 150. Auditoría de cumplimiento.
- Artículo 151. Auditoría operativa.
- CAPÍTULO V
- Artículo 151 bis. Ámbito de aplicación, finalidad y principios orientadores.
- Artículo 151 ter. Proceso de supervisión continua. 2 redacciones · cambió el 30/12/2023
- TÍTULO IX
- Artículo 152. Procedimientos en materia de subvenciones. 2 redacciones · cambió el 30/12/2017
- Artículo 153. Prescripción en materia de subvenciones.
- Artículo 154. Infracciones y sanciones administrativas en materia de subvenciones.
- TÍTULO X
- Artículo 155. Ámbito de aplicación.
- Artículo 156. Las infracciones y su plazo de prescripción.
- Artículo 157. Tipos de responsabilidad.
- Artículo 158. Responsabilidad de los interventores y ordenadores de los pagos.
- Artículo 159. Diligencias previas.
- Artículo 160. Órgano competente y procedimiento.
- Artículo 161. Régimen jurídico del importe de los perjuicios irrogados.
- Disposición adicional primera. Actuaciones de coordinación con otras administraciones para el control de entes con participación minoritaria.
- Disposición adicional segunda. Asistencia jurídica.
- Disposición adicional tercera. Metodología de las auditorías contratadas con terceros.
- Disposición adicional cuarta. Información entre administraciones.
- Disposición adicional quinta. Utilización de tecnologías de la información y las comunicaciones.
- Disposición adicional sexta. Modificación de la Ley 2/1998, de 6 de abril, de Fundaciones Canarias.
- Disposición adicional séptima. Centros con autonomía de gestión económica.
- Disposición adicional octava. Régimen aplicable a las universidades públicas canarias.
- Disposición adicional novena. Endeudamiento de las universidades públicas canarias.
- Disposición adicional décima. Presupuestos fondos sin personalidad jurídica.
- Disposición adicional undécima. Excepción sobre la centralización de funciones de ordenación de pagos y pago material.
- Disposición adicional duodécima. Régimen jurídico de las subvenciones otorgadas con cargo a fondos de la Unión Europea.
- Disposición transitoria primera. Adaptación de los organismos autónomos y las demás entidades del sector público a las previsiones de esta Ley.
- Disposición transitoria segunda. Operaciones vivas de Deuda de la Comunidad Autónoma de Canarias.
- Disposición transitoria tercera. Avales concedidos.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa. 2 redacciones · cambió el 14/02/2007
- Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- Firma


