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Legislación › Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria.

Artículo 80. Sistema de cuenta corriente.

Artículo 80. Sistema de cuenta corriente.

Reglamentariamente se regulará el sistema de cuenta corriente a efecto de facilitar la compensación y el pago de los créditos y débitos de las Corporaciones Locales frente a la Hacienda Pública.

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