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Legislación › Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía.

Artículo 173. Relaciones laborales.

Artículo 173. Relaciones laborales.

La Comunidad Autónoma tendrá política propia de relaciones laborales, que comprenderá, en todo caso:

1.º Las políticas activas de empleo, la intermediación y el fomento del empleo y del autoempleo.

2.º Las políticas de prevención de riesgos laborales y protección de la seguridad y salud laboral.

3.º La promoción del marco autonómico para la negociación colectiva.

4.º La promoción de medios de resolución extrajudicial de conflictos laborales.

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