LexTotal

Legislación › Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía.

Artículo 246. Cooperación interregional y transfronteriza.

Artículo 246. Cooperación interregional y transfronteriza.

La Junta de Andalucía promoverá la formalización de convenios y acuerdos interregionales y transfronterizos con regiones y comunidades vecinas en el marco de lo dispuesto en la Constitución, los Estatutos de Autonomía y la normativa europea de aplicación.

← Artículo 245 Índice Artículo 247 →