Legislación › Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía.
Artículo 51. Cuenca Hidrográfica del Guadalquivir.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 20 de marzo de 2007 y la del 11 de abril de 2011.
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Artículo 51. Cuenca Hidrográfica del Guadalquivir.
La Comunidad Autónoma de Andalucía ostenta competencias exclusivas sobre las aguas de la Cuenca del Guadalquivir que transcurren por su territorio y no afectan a otra Comunidad Autónoma, sin perjuicio de la planificación general del ciclo hidrológico, de las normas básicas sobre protección del medio ambiente, de las obras públicas hidráulicas de interés general y de lo previsto en el artículo 149.1.22.ª de la Constitución. (Anulado)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 11 de abril de 2011 En vigor | BOE-A-2011-6545 | Leer | Qué cambió |
| 20 de marzo de 2007 | Texto original | Leer |


